Sí, no está permitido por la Orden General pero mirad de que año es. Es del año 1995, totalmente desfasada. Ni tenemos el mismo arma ni en un futuro se volverá al arma de simple acción.
Si veis con detenimiento esta O.G. podéis ver las posturas de tiro que se deben realizar en los ejercicios. Simplemente mirad que posturas se utilizan a nivel policial hoy en día y ya os daréis cuenta de lo poco que se puede sacar en claro de la norma.
También comentáis el tema de que el montar el arma, el ruido o sonido, es disuasorio. Esto es relativo, todo depende del entorno en donde se monte el arma. Además hay estudios sobre seguridad policial, y cuando estamos en tensión, el sentido auditivo, disminuye hasta en un 84%, dato que demuestra la poca validez del efecto disuasorio del sonido de montar.
Por lo demás, como comentaba otro compañero antes, es más rápido en caso de un conflicto real, tener cartucho en recámara, eso sí, con una funda antihurto para evitar sustos.
En todo caso, allá cada uno según su experiencia y según su manejo de la pistola, porque todos hemos visto gente un pelín torpe con el arma en las galerías de tiro. Debe ser decisión de cada uno el llevarla o no. También influye el nivel delicuencial de vuestra demarcación, no es lo mismo trabajar en Madrid o ciertas zonas conflictivas, que en un pequeño pueblo de Galicia, por ejemplo.
Alguien comentaba respecto al ejemplo del que te ataca con un cuchillo que no quería jugarse de "puesto". Pues que sepas que a menos de dos metros, existe proporcionalidad entre un cuchillo y una pistola, según varias sentencias judiciales. En todo caso, tú verás, si prefieres morir o vivir, un cuchillo es un arma muy muy peligrosa en distancias cortas. Pueden acabar con tu vida fácilmente.
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