Utilizamos cookies propias y de terceros para realizar el análisis de la navegación de los usuarios.
Si continúa navegando consideramos que acepta su uso. OK | Más información

Página 3 de 6 PrimerPrimer 12345 ... ÚltimoÚltimo
Resultados 21 al 30 de 56
  1. #21
    Creo que estás equivocado respecto a la entrada en el CNP:

    http://www.interior.gob.es/web/servi...ocatoria-2018-


    • Titulación: Título de Bachiller o equivalente.


    Respecto a la carrera profesional, creo que algo conozco, por sufrimiento propio, dado que soy Suboficial en la actualidad (si no lo remedia la promoción interna). Y respecto a las normas, es posible que algo también sepa, no en vano desperdicié seis años de mi vida haciendo y terminando Derecho por la UNED, por lo que de reconocimientos académicos, niveles, etc., creo que sin ser una autoridad conozco más que la media.

    Es una propuesta personal y una opinión, muy respetable por cierto (obviamente no es "ciencia", ya que la "ciencia" es difícilmente discutible en lo probado al 100%). Pero creo que muy errada y alejada no solo de la realidad, sino de lo que se podría obtener.

    El desfase de titulaciones académicas y de niveles de reconocimiento es palmario entre Cuerpos, a favor del CNP. No en vano en la actualidad un Subinspector del CNP obtiene la misma titulación terminal, Grado, que todos los Oficiales de la GC, que también obtienen un Grado (para llegar a Comandantes, si no me equivoco, realizan el Master en Seguridad de la UNED, el curso de Estado Mayor se intenta darle un prestigio similar a un Doctorado, aunque no he hallado la equivalencia exactamente así en ninguna parte). Y es lo que hay a día de hoy.

    El Oficial de Policía NO corresponde con un Suboficial de la Guardia Civil. Donde se puede apreciar exactamente dónde se puede realizar un posicionamiento más o menos preciso es en las integraciones de FCSE en Policías Autonómicas, por ejemplo puedes observarlo en la de Canarias.


    Un saludo muy cordial y suerte con vuestra lucha.


    Cita Iniciado por DENUEVO Ver mensaje
    Disculpa greeneyes, pero asumo que quizás no he debido explicarme bien, voy a intentarlo.


    A veces una correspondencia directa es más fácil de identificar, por eso voy a intentar hacerla con el CNP, en base al currículo profesional y a los niveles académicos, teniendo en cuenta lo que en la propuesta que estamos comentando se sugiere para cambiar la Ley de Personal de la Guardia Civil. Voy a expresar los actuales niveles y las categorías del CNP y a continuación los niveles y empleos de la propuesta de reforma.


    En el grupo retributivo C1 (actualmente):

    - Policía: Guardia Primero / Guardia Mayor (grupo retributivo B) - Equivalente a Técnico Superior (MECES 1)

    - Oficial de Policía: Sargento / Sargento Primero (grupo retributivo B) - Equivalente a Técnico Superior (MECES 1)


    En el grupo retributivo A2 (actualmente):

    - Subinspector: Brigada / Subteniente / Suboficial Mayor - Equivalente a nivel de Grado Universitario Oficial (MECES 2)


    En el grupo retributivo A1 (actualmente):


    - Inspector: Teniente / Capitán - Máster Universitario oficial (MECES 3)


    El Policía y el Oficial de Policía, siempre que ingresan hoy con bachillerato (LO CUAL NO ES OBLIGATORIO) egresarán con 120 ECTS universitarios del "Equivalente a graduado universitario oficial de la categoría de Subinspector CNP". Quienes ingresan con otros equivalentes a efectos LABORALES, como el Título de Técnico, poseerán reconocida la formación universitaria cuando obtengan un equivalente académico al bachillerato.


    A día de hoy, está ingresando personal en el CNP que NO POSEE BACHILLERATO y que, si no se lo saca en un futuro, no podrá promocionar profesionalmente.


    En la Guardia Civil, si le echas un vistazo a la propuesta que la Administración ha colgado en intranet y que ya está en proceso legislativo, para ingresar en la primera escala del Cuerpo se solicitará cualquier título que capacite para cursar estudios de Ciclo Formativo de Grado Superior de Formación Profesional, para poder egresar como equivalente a Técnico Superior. En base a eso, conseguiremos el grupo retributivo B.


    En esa propuesta de la Administración, ya viene contemplado que, el primer empleo de la siguiente escala del Cuerpo, sea "Equivalente a todos los efectos con el nivel de Graduado universitario oficial".

    Un saludo,

  2. #22
    Cita Iniciado por DENUEVO Ver mensaje
    Tu propuesta Yalo es incluso mejor que la mía, ya que consistiría en incluir a todos los Guardias Civiles no oficiales, en la Suboficialidad, y me uniría a ella salvo por el hecho de que, a diferencia de otros Cuerpos que hacen específicos los puestos de trabajo para Suboficial y otros para tropa, nosotros tenemos puestos de trabajo que no son de Suboficial y que por tanto no podríamos asignar al Guardia Civil (Sargento). ¿Creamos otro Cuerpo auxiliar? Creo que es más fácil diluir esos puestos de trabajo en el primer empleo, para que sigan existiendo, e ir creando paulatinamente un mayor número de Sargentos.


    La modificación de la Ley de Personal es absolutamente necesaria, por rango normativo e imperio de la ley.

    La propuesta habla de convertir al Guardia Civil patrullero en Sargento, cuando numéricamente solo lo sería la mitad de la escala, he hablado de un ratio 1-1. Lo que quería transmitir es que, en cada patrulla se vería siempre (salvo honrosas excepciones) a un Sargento como Jefe de Pareja, pero solo sería así, cuando estuviera implementado el aumento de plantilla hasta los 30.000 Sargentos que se sugieren.

    Mientras tanto, en el día a día y mientras salen un mínimo de 1.000 plazas anuales de Sargento, en las Unidades lo único que se vería es que tras cambiar la Ley de Personal en la forma que se sugiere, ocurrirían las siguientes cosas:

    - Grupo retributivo B para todos los integrantes de la nueva "Escala de Sargentos y Guardias" así como a los de la a extinguir "Escala de Cabos y Guardias" (en cualquier situación administrativa)
    - Establecimiento en el plazo de dos meses de su entrada en vigor, del CURSO DE FORMACIÓN COMO SUBOFICIAL, para quienes ostentaran los empleos de Cabo Mayor / Cabo Primero / Cabo de la a extinguir "Escala de Cabos y Guardias".
    - Convocatorias de los sucesivos cursos de formación como Suboficial, hasta completar la formación en un periodo máximo de 4 meses para todo el personal de los distintos empleos de Cabo.
    - Es decir, a los seis meses de su entrada en vigor se producirían los siguientes nombramientos:
    * A Sargento Primero todos los anteriores Cabos Mayores, sin menoscabo económico en ningún caso, y en cualquier situación administrativa.
    * A Sargento Primero en el plazo de 6 meses a partir de esa fecha, todos los anteriores Cabos Primeros con más de 10 años de tiempos de servicios efectivos en tal empleo, así como aquellos que, conste en "Personal - Situaciones" dos años consecutivos o tres alternos, contados día a día, ejerciendo como Jefe de Unidad titular, interino o accidental, así como en su calidad de sustituto del mando, en cualquier situación administrativa.
    * A Sargento, el resto de Cabos Primeros y Cabos, en cualquier situación administrativa.
    * A Guardia Mayor los actuales Guardias Civiles Primeros, en cualquier situación administrativa, con los efectos que correspondieren.
    * A Guardia Mayor, los actuales Guardias Civiles que, conste en "Personal - Situaciones" dos años consecutivos o tres alternos, contados día a día, ejerciendo como Jefe de Unidad titular, interino o accidental, así como en su calidad de sustituto del mando, en cualquier situación administrativa.
    * A Guardia Primero, el resto de Guardias Civiles, en cualquier situación administrativa.
    - Asignación a través de Alfil, de los galones con las divisas (NO HAY QUE INVENTAR NINGUNO, YA ESTÁN FABRICADOS Y EL ALMACÉN LLENO DE ELLOS)
    - En el ámbito curricular, establecimiento en el plazo de dos meses, de los COMPLEMENTOS FORMATIVOS para la obtención efectiva del título "Equivalente a Técnico Superior de FP" (MECES 1) por quienes no posean dicha equivalencia, con la carga lectiva calculada de 22 ECTS, el cual debería ser cursado poseyendo al menos alguno de los títulos que capacita para realizar CFGS, conforme se exigirá para el ingreso en la Escala, con la excepción de los anteriores Cabos Mayores/Cabos Primeros/Cabos en posesión de titulación que capacite para realizar CFGS, a saber:
    * Título de Doctor/Máster/Licenciado/Graduado/Diplomado/Ingeniero Técnico universitarios.
    * Título de Bachillerato y sus equivalentes académicos, o certificado de haber superado todas sus materias.
    * Haber superado del COU.
    * Título de Técnico Superior de FP y sus equivalentes académicos (Maestría Industrial y Técnico Especialista).
    * Título de Bachillerato Unificado Polivalente.
    * Haber superado el segundo curso de cualquier Bachillerato Experimental.
    * Título de Técnico de FP.
    * Prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
    * Prueba de acceso a Ciclo Formativo de Grado Superior.
    - Convocatorias de los COMPLEMENTOS FORMATIVOS para todos los Guardias Mayores / Primeros que lo deseen, para obtener la equivalencia a Técnico Superior de FP del sistema educativo español (MECES 1)
    - En SIGO-SERVICIOS-PERSONAL-SITUACIONES, se habilita un contador para contabilizar con el coeficiente que corresponda, además de los días de Jefatura titular o interina, la sucesión accidental, la sustitución y el ejercicio del mando como "Jefe de Pareja" a fin de que con el transcurso de la carrera profesional, cualquier Guardia Primero que alcanzara el cómputo de 1.095 puntos (días) fuera promovido al empleo de Guardia Mayor.

    El curso de los futuros Sargentos de la "Escala de Sargentos y Guardias" poseería la catalogación de "Curso de Experto Universitario" con su carga lectiva correspondiente.

    Ostentar la categoría de Suboficial y su empleo de Sargento de la "Escala de Sargentos y Guardias" sería condición indispensable para realizar la promoción interna a la siguientes escala, la de "Suboficiales Graduados".

    ¿Ya no se podrá presentar un Guardia Civil a las 240 o 300 plazas de Sargento? Se podrá presentar a un mínimo de 1.000 que se ofertarán anualmente.

    Resultado, muchos más Guardias Civiles como Suboficiales.

    ¿Más ventajas? Con el grupo B, la dieta debería ser de Grupo 2 y el trienio se abona con 3 euros de incremento.

    Un saludo,

    P.D.: Lo que he expuesto, lo podéis aplicar a cualquier compañero que conozcáis en la Escala y a vosotros mismos, y podéis calcular el cambio que obtendría cada uno, el cual creo que, en cualquier caso, sería beneficioso.
    Esto tan currado lo podías plantear al consejo y mandarlo. Aquí no hacemos nada con planteamientos.

  3. #23
    Cita Iniciado por machupichu Ver mensaje
    Esto tan currado lo podías plantear al consejo y mandarlo. Aquí no hacemos nada con planteamientos.
    Ya una vez mande una propuesta a titulo personal al consejo bastante similar a esta y se limpiaron el ...con ella. No tengo ninguna fe en que vayan a cambiar nada mas que nada porque no quieren que cambie nada, aunque el tema reconozco es entretenido.

  4. #24
    La verdad es que es de locos pensar que la Dirección General vaya si quiera a pensarse la barbaridad esta que propone DENUEVO.
    Y seamos sinceros, no hay por donde cogerla y no tiene lógica ninguna. Si quieres ser Sargento pues estudia, créeme que vas a aprobar antes para sargento de que la Dirección General convierta a 30.000 Guardias Civiles en Sargentos, les pague mucho más, convierta a otros tantos Sargentos en Subteniente y regale titulciones o no se que burradas has escrito más.
    La paja mental más gorda que he leído en este foro, y llevo desde 2009 y unas cuantas cuentas tumbadas ya.
    Y luego abren un hilo para que a los Guardias nos den una placa como a las demás policías de España y escriben cuatro gatos.

  5. #25
    Todo lo que conlleve mayor gasto olvidate , ni se les pasara por la cabeza

  6. #26
    DENUEVO
    Guest
    Cita Iniciado por DescendientedeCarabinero Ver mensaje
    Hace varios años que para opositar al CNP se exige el Bachillerato actual o el antiguo COU.
    Sigo pensando que el empleo de guardia y cabo se dignifica respecto al ejercito exigiendo el Bachillerato, clsificandolos en el grupo administrativo B y cobrando más que un suboficial de las FFAA.
    Solamente haría falta sustituir los empleos y divisas militares por otros exclusivos de la GC para que ningun mando del ejercito pueda decir que se le salude o que tiene mayor empleo.
    Un capitán de al GC no es lo mismo que un capitan del ejercito y menos aun cuando al capitan de la GC se le denomine con un nuevo empleo como pudiera ser intendente.
    Hola DescendientedeCarabinero! desde el año 2016 se exige Bachillerato o "equivalente", no anteriormente dado que su Ley Orgánica de Personal es de 2015.

    Lo de exigir el Bachillerato no dignifica, ni deja de dignificar, si no que lo hace el nivel de la enseñanza de tu ámbito profesional, así encontramos que existe un Capitán Enfermero que se dignifica académicamente por su Grado en Enfermería, dado que la formación militar de las FAS o militar y técnica de la GC, no posee todavía el nivel apropiado, cosa que tendrá para el año 2026, cuando dicha formación sea nivel Máster Universitario.

    La Policía Nacional no ha convertido en exigencia académica el Bachillerato, por el solo hecho de que aún no ha creado su Centro Universitario, pero cuando lo hagan, deberán modificar su Ley de Personal para convertir la exigencia en el acceso a estudios universitarios.

    Cuando he comentado lo de que por ahora también se presentan y aprueban opositores con el Técnico, es por la Jurisprudencia, no por mí evidentemente.

    Por otro lado, a partir del 2022, para el ingreso en la Escala de Cabos y Guardias se va a exigir lo mismo que para las Escalas de Suboficiales de las FAS.

    ¿Dónde está la diferencia si es que la hay? La hay, y se encuentra en la duración de la formación, tres años para quién accede sin titulación de Técnico Superior y un año para quién si la posee. El Guardia Civil, en todo caso, solo realiza dos años de formación, dado que no aporta ninguna profesión específica anterior (el bachillerato no es una cualificación profesional), pero que con la experiencia profesional en los años de servicio para poder presentarse a Cabo, el periodo de oposición, el de distancia y el de presente, vendrían a conformar el equivalente a tres años de formación, de ahí que sugiero que los actuales Cabos sean Sargentos.

    En cuanto a que un Capitán de la GC no es lo mismo que un capitán de las FAS, permíteme que te recuerde que un Capitán Enfermero FAS es igual que un Capitán Enfermero GC, por lo que un Capitán FAS si es igual que un Capitán GC.

    Quizás estamos empeñados en que pervivan las denominaciones sin tener en cuenta la potestad real, y quizás por ello, no caemos en la cuenta que todas las Compañías territoriales con más de 150 efectivos, por no decir todas, deberían ser mandadas por un Comandante, auxiliado en este caso por un Capitán como su adjunto. En las FAS no hay Capitanes con más de 150 efectivos, y si los conocéis, desearía conocerlos.

    Por lo anterior y como somos militares, lo más sensato sería pedir que jugáramos con las mismas normas orgánicas en materia de personal, mientras que para el desempeño profesional juguemos con las de la profesión policial. Pongamos el ejemplo de un Médico Militar, cuya vida no se diferencia mucho (aunque alguno no se lo crea, y lo de "a sus órdenes" aparte, con la de un Médico Civil.

    Lo de pedir el grupo B, por descontado, ni hay que discutirlo amigablemente.

  7. #27
    DENUEVO
    Guest
    Cita Iniciado por kamareta Ver mensaje
    El empleo o las divisas, me parece completamente irrelevante, la cuestion es acceder al grupo B, y cobrar sueldo de Grupo B nivel que corresponda, no como en la actualidad, sueldo de Grupo C y nivel que corresponde.
    Por otro lado, estarias excluyendo por razones de destino, al 50% de la plantilla a optar al nuevo empleo de Sargento, puesto, que como consideras Uproses, PLM, Nucleos, etc..., para unicamente el empleo de guardia, ese 50% que solo optaria a esas vacantes, nunca podra ascender al nuevo empleo de Sargento que propones, pues la movilidad, se reduciria bastante, y con el actual sistema de vacantes, seria casi imposible cambiar de empleo.
    Hola Kamareta! Si parece que estoy queriendo excluir a alguien, es que no he debido explicarme bien, pues no es esa la dinámica.

    Lo del grupo B, como he comentado al contestar a DescendientedeCarabinero, no tiene discusión.

    Hay que tener en cuenta que, el proceso de ampliación de plantillas para alcanzar los miles de Sargentos que sugiero, puede llevar entre 10 y 20 años para completar su número efectivo, a tenor de promociones de 2.000 o 1.000 nuevos Sargentos de la "Escala de Sargentos y Guardias" todos los años necesarios.
    Cuando me refiero a UPROSES, PLM, NÚCLEOS, me refiero a puestos de trabajo que serían ocupados por Guardias Primeros y por los Guardias Mayores que correspondiera, además de por los Sargentos (actuales Cabos) y por los Subtenientes (actuales Suboficiales) que corresponda con su plantilla actual, como pasaría también con cualquier otra Unidad de la Guardia Civil.


    Así, si mañana aprobaran dicha reforma de la Ley de Personal, lo único que cambiaría es el empleo de cada guardia civil desde Suboficial Mayor al actual Guardia Civil, pero por lo demás todo seguiría exactamente igual, aparte del grupo retributivo B y de los niveles 17, 19, 20 y 22 que correspondan a cada uno en su empleo. Por lo tanto, cualquier nuevo Guardia Primero o Guardia Mayor podrá seguir pidiendo las vacantes que considere oportunas y en su caso, optar por la promoción profesional al empleo de Sargento.

    La movilidad para el Guardia Mayor/Primero, no se reduciría en absoluto para aquellas unidades donde el binomio no es la "fuerza tipo" como las unidades mencionadas, así como puertos, aeropuertos, etc... Y sí para aquellas unidades operativas que vean modificada paulatinamente su catálogo de efectivos. Además de eso te recuerdo la existencia de los derechos preferentes parciales o absolutos, por lo que no puedes decirme que se pondría peor que ahora.

    Al contrario, significaría una oportunidad para muchos Guardias Mayores/Primeros, que promocionando a Sargento pudieran conseguir una vacante que hoy les es vetada, y si no la consigues, en su defecto has cambiado de empleo, categoría, CD, CEG y CES. (Un aumento de sueldo, vamos)

    No sé si he conseguido aclararlo, pero si es algún caso concreto, preferiría que lo comentáramos pues es más fácil de comprender con un ejemplo práctico.

    Un saludo,

  8. #28
    DENUEVO
    Guest
    Cita Iniciado por Munifex Ver mensaje
    ¿Y al guardia civil comandante de Puesto, jefe de Patrulla, etc? (funciones a las que es obligado a a ejercer sin quererlo) habría que darles el empleo de brigada según lo propuesto.-
    Hola Munifex! Lo que se pretende es aplicar los mismos principios del resto de la Administración, sobre la consolidación de niveles superiores por desempeño interino o accidental de puestos de trabajo de superior categoría. Esa situación no se elige, y en la Administración nadie pregunta si quieres hacerlo, sobre todo por que se consolidan los niveles y eso se cobra para siempre.

    Eso mismo pasa hoy, 02 de marzo de 2019, en la POLICÍA NACIONAL todos los días, dado que siempre hay algún compañero que con una categoría inferior (ellos llaman a los empleos con la palabra categorías) que ocupa un puesto de trabajo de un superior jerárquico, contabilizando tal desempeño para la consolidación de niveles tras su desempeño durante dos años consecutivos o tres alternos (1095 días contados día a día)

    Pongamos como ejemplo práctico el Puesto ordinario tipo B que describí actualmente con 1 Sargento 1º/Sargento, 1 Cabo 1º/CAbo y 9 Guardias Civiles. A la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Personal, estaría ocupado por 1 Subteniente o Brigada (anterior Sargento), 1 Sargento (anterior Cabo) y 9 Guardias Primeros (antes Guardias Civiles). Voy a comentar el caso de los integrantes de la nueva "Escala de Sargentos y Guardias".

    Tanto al nuevo Sargento como a los nuevos Guardias Primeros, les sería de aplicación el periodo de calificación para obtener de SIGO-PERSONAL-REGIMEN y SUSTITUCIONES, si han consolidado los dos años consecutivos o tres alternos (1095) en las situaciones que se significan, con independencia de que puedan seguir acumulando días en su coeficiente debido a partir de la entrada en vigor de la modificación de la Ley de Personal, con los siguientes supuestos:
    - Si el nuevo Sargento hubiera alcanzado el número de días requerido (1095) ascendería a Sargento Primero, pasando del nivel 20 al 22.
    - Si alguno de los Guardias Primeros hubiera alcanzado el número de días requerido (1095) ascendería a Guardia Mayor, pasando del nivel 17 al 19.
    - El desempeño de dichos cometidos, en cualquier caso, conllevaría la asignación de la retribución que correspondiera.

    A la entrada en vigor de la modificación de la Ley de Personal, los cambios son básicamente nominativos, dado que para los siguientes cambios orgánicos es necesario realizar por una parte los COMPLEMENTOS FORMATIVOS, por otra los CURSOS DE FORMACIÓN COMO SUBOFICIAL, por otra publicar la promoción interna y realizar el proceso, sabiendo que 1.000 nuevos Sargentos (el empleo que más variaría en número creciente) se diluiría en el inmenso tamaño de nuestra dispersión geográfica. Para ver los efectos harán falta años, pero si se hace despacio y con buena letra, es perfectamente realizable.

    Si te refieres a un caso concreto, un Guardia Civil hoy C1-17 (sin divisa) C1-17, que realiza las funciones que ahora pretenden reconocerse y recompensarse, podría alcanzar el nuevo empleo de Guardia Mayor B-19 (con la divisa del actual Cabo Mayor) y seguir percibiendo las retribuciones correspondientes por sucesiones y sustituciones. Dentro de unos años, si ese compañero sigue en ese Puesto teórico que he mencionado, y ya existen en la Unidad los 7 suboficiales mencionados (1 Subteniente, 1 Brigada y 5 Sargentos) es posible que nunca más ocupe esas responsabilidades, pero que si aún así tuviera que hacerlo, la condición de funcionario le obligaría a ello tanto como la condición militar. Aunque es probable que para entonces, él también sea Suboficial o incluso Oficial, quién sabe.

    Un saludo,

  9. #29
    DENUEVO
    Guest
    Cita Iniciado por greeneyes Ver mensaje
    Creo que estás equivocado respecto a la entrada en el CNP:

    http://www.interior.gob.es/web/servi...ocatoria-2018-


    • Titulación: Título de Bachiller o equivalente.


    Respecto a la carrera profesional, creo que algo conozco, por sufrimiento propio, dado que soy Suboficial en la actualidad (si no lo remedia la promoción interna). Y respecto a las normas, es posible que algo también sepa, no en vano desperdicié seis años de mi vida haciendo y terminando Derecho por la UNED, por lo que de reconocimientos académicos, niveles, etc., creo que sin ser una autoridad conozco más que la media.

    Es una propuesta personal y una opinión, muy respetable por cierto (obviamente no es "ciencia", ya que la "ciencia" es difícilmente discutible en lo probado al 100%). Pero creo que muy errada y alejada no solo de la realidad, sino de lo que se podría obtener.

    El desfase de titulaciones académicas y de niveles de reconocimiento es palmario entre Cuerpos, a favor del CNP. No en vano en la actualidad un Subinspector del CNP obtiene la misma titulación terminal, Grado, que todos los Oficiales de la GC, que también obtienen un Grado (para llegar a Comandantes, si no me equivoco, realizan el Master en Seguridad de la UNED, el curso de Estado Mayor se intenta darle un prestigio similar a un Doctorado, aunque no he hallado la equivalencia exactamente así en ninguna parte). Y es lo que hay a día de hoy.

    El Oficial de Policía NO corresponde con un Suboficial de la Guardia Civil. Donde se puede apreciar exactamente dónde se puede realizar un posicionamiento más o menos preciso es en las integraciones de FCSE en Policías Autonómicas, por ejemplo puedes observarlo en la de Canarias.


    Un saludo muy cordial y suerte con vuestra lucha.
    Hola de nuevo Greeneyes! Asumo que puede que cuando escribo no termine de transmitir lo que pretendo, pero bueno, puedo intentar explicarme mejor.

    En primer lugar mi enhorabuena por tu Grado o Licenciatura en Derecho, pues no me cabe duda de que en tus actuaciones serás aún más pulcro que aquellos que han recibido la enseñanza de formación como Suboficial, que aunque a alguno no se lo parezca, es mejor de lo que se aprecia.

    Sobre el tema de la POLICÍA NACIONAL, ya lo he puesto antes para otro compañero, SÍ se puede acceder como Técnico desde el 2016, dado que al no ser estudios universitarios los que cursa el Policía (todavía no), a efectos laborales y en base al grupo retributivo asignado C1, SI se pueden presentar todos aquellos y aquellas que posean los equivalentes "laborales" a Bachillerato.


    En cuanto a la promoción interna, entiendo que pretendes convertirte en Oficial, ánimo.


    Sobre las titulaciones de la Policía Nacional, actualmente "equivalente" a Máster MECES-3 para los Inspectores (como nuestros Oficiales de acceso directo sin titulación, que también son Grado+Máster), "equivalente" a Grado MECES-2 para los Subinspectores, "equivalente" a Técnico Superior MECES-1 para los Oficiales y "equivalente" a Técnico para los Policías, la Guardia Civil va a mejorar ese diseño aunque nadie pueda creerlo.

    Comenzaré con la titulación con menor nivel MECES, la del Guardia Civil (sugeriría Guardia Primero) que para el año 2022 (efectos en 2024) será "equivalente" a Técnico Superior (MECES 1), continuará con el ascenso a Cabo (sugiero Sargento) con el curso de un "Curso de Experto Universitario" de entre 27 y 36 ECTS. Posteriormente, corresponderá al primer empleo de la actual escala de Suboficiales, cuyo egreso se corresponderá con el nivel de Grado MECES 2, continuando con el primer empleo de la actual escala de Oficiales, cuyo egreso se corresponderá con el nivel de Máster MECES-3. Además de lo anterior, el CACCEO conllevará el curso de un nuevo Máster universitario MECES-3, específico para el ascenso a Comandante.

    En cuanto a la correspondencia del Oficial de Policía, su nivel es el mismo que el Suboficial FAS, o que el Oficial de Policía Local de la Comunidad Valenciana (Técnico Superior y grupo B), y conforme a la propuesta SI SERÍA EQUIVALENTE AL NUEVO SARGENTO, no a los que actualmente lo son.

    Un saludo,

  10. #30
    DENUEVO
    Guest
    Cita Iniciado por machupichu Ver mensaje
    Esto tan currado lo podías plantear al consejo y mandarlo. Aquí no hacemos nada con planteamientos.
    Hola Machupichu! Si el contenido de este mismo hilo, se hace llegar a todas las asociaciones profesionales, no es una idea de DENUEVO, será una idea de las asociaciones profesionales, y si al mismo tiempo es la propia administración la que se hace eco, que se haga propia la idea, la cuestión es que los guardias civiles mejoremos profesional, económica y académicamente.

    Como se suele decir, pásalo.

    Un saludo,

Página 3 de 6 PrimerPrimer 12345 ... ÚltimoÚltimo

Marcadores