
Iniciado por
mago
Jeje pseudosindicalistas, que bueno. Vamos a ver, para empezar aquí ninguno, repito, ninguno, estamos facultados para decir si el guardia en cuestión es bueno o malo, tendrá sus cosas buenas y sus cosas males, yo desde luego no voy a entrar a valorar cosas que no sé.
La cuestión es distinta a la hora de juzgar un reglamento ó orden, ya que no sé si sabréis que es una orden ministerial la que regula el procedimiento ( dicta que características son las necesarias para abrirte un expediente de profesionales).
Vale, no voy a decir la orden porque ya se ha dicho aquí, pues dicha orden está en exclusiva a la Guardia Civil, vamos los propios militares han quitado el ipeguci, ya no decir el CNP, que nunca lo han tenido.
No contentos con eso, el ipeguci, como ya se ha dicho, no respeta la retroactividad ( retroactivo sólo si favorece al perjudicado). En cualquier juicio, para juzgar y condenar, es necesario que se aporten pruebas, ¿ Digo yo ?, nosotros mismos cuando vamos como perjudicados a un juicio no tenemos el principio de veracidad, por lo qué, el juez a la hora de dictar sentencia se basa en pruebas fehacientes y, no meros suposiciones aportadas por las partes.
Cómo se puede justificar, que una persona en dos años en el mismo destino, no tenga ninguna falta interna y , posteriormente vea reflejado en su ipeguci, una serie de calificativos más propios de unos hechos calificables como de falta, que de informes expuestos para mejorar su actividad laboral. Como bien sabemos todos, una de las funciones principales del mando es dar cuenta de las actitudes contrarias al régimen militar, además, en caso de no hacer dicho acto podría estar cometiendo él mismo, un supuesto hecho contrario a la ética militar.
Ejemplo: ipeguci; se le tacha de indisciplinado ( no tiene faltas de insubordinación), ya sabemos todos que la falta de disciplina frente al mando es constitutivo de falta disciplinaria, pudiendo llegar a su vez, a un delito del Código penal militar. En éste caso se puede ver que existe una dejadez de funciones del superior al no notificar dicha acción, o en su defecto, una incongruencia manifiesta a la hora de usar el termino indisciplinado.
Podría seguir ......... pero vamos resumiendo, en su día había unos tribunales denominados Tribunales de Honor, los que no sepáis que son, buscarlo, ( Decir que éstos tribunales dejaron de existir, ya que decían que no era ético que los propios compañeros juzgasen),desde mi punto de vista para juzgar, están los jueces y magistrados.
En relación a lo exponen,más arriba, esas cantidades son para perdida de condiciones psicofisicas, pero matizar que para sólo aquellos que hayan entrado antes del 2009, ya que si entraron después, cotizan en base a la seguridad social ( años cotizados), qué quiere decir que si alguno pilla una enfermedad grave, y lleva poco tiempo, acabara en la calle con una mano delante y otra detrás. (o mismo que en la calle, pero ellos sin sacarse una oposición)
Siento las faltas ortográficas, pero estoy con el móvil y con poquito tiempo.
Un saludo, espero no haber ofendido a nadie.