Los Tripletes están prohibidos. No se pueden hacer. Y lo único que se permite es que la mañana sea de 09,00 a 14,00.
Igual el doblete es mas perjudicial por las horas que tenemos establecidas, en cambio si tuviesemos un horario mas acorde al resto de los funcionarios ni lo notabamos. Por ejemplo:
Mañana 07:30 - 14:30
Tarde 14:30 - 22:30
Noche 22:30 - 07:30
Yo he estado asi un par de años y os aseguro que te da la vida eso de no levantarte a las 5 de ma mañana, y una hora mas de noche ni se nota.
Los Tripletes están prohibidos. No se pueden hacer. Y lo único que se permite es que la mañana sea de 09,00 a 14,00.
Ese triplete legal es un timo. Apenas notas más descanso ( un par de horas de sueño, si lo aprovechas bien) y vas perdiendo 3h en cada uno, con lo que al final descansas menos días al mes.
No hay nada repartido de modo más equitativo en el mundo que la razón: todo el mundo está convencido de tener suficiente.
No entiendo los horarios que por norma general se aplican en los cambios de turno, fastidia al de la noche (obviamente) fastidia al de la mañana (que se levanta de madrugada) y fastidia al de la tarde ( que tiene que comer a la 1, y sin hambre) si se hiciera una hora mas tarde, solo fastidiaba al de la noche en lugar de a los tres turnos.
Me gustaría saber donde se encuentra escrito el imperativo legal que prohíbe el triplete. Entiendo que por necesidades del servicio si se podrían hacer, lo único que habría que hacer es compensar las horas de descanso diario no disfrutas ( la diferencia con las 11 horas tras cada servicio) sumándolas al descanso diario correspondiente al tercer servicio. Planificar un cuadrante en una unidad con 12 guardias en la que hay servicio de puertas las 24 horas , + vacaciones, Dias por descanso acumulados, AP, etc es como jugar una partida de ajedrez. Un rompedero de cabeza.
Si haces 14/22 - 6/14, después tienes que sumar las 3 horas que faltan de descanso al descanso diario, por lo que no puedes entrar de 22/6.Me gustaría saber donde se encuentra escrito el imperativo legal que prohíbe el triplete. Entiendo que por necesidades del servicio si se podrían hacer, lo único que habría que hacer es compensar las horas de descanso diario no disfrutas ( la diferencia con las 11 horas tras cada servicio) sumándolas al descanso diario correspondiente al tercer servicio. Planificar un cuadrante en una unidad con 12 guardias en la que hay servicio de puertas las 24 horas , + vacaciones, Dias por descanso acumulados, AP, etc es como jugar una partida de ajedrez. Un rompedero de cabeza.
¿Donde está la razón jurídica que impide que no se pueda aplicar ese razonamiento como una regla de tres al triplete ? Si un componente no descansa 11 horas tras un servicio, puede ocurrir que le pase lo mismo en dos servicios consecutivos, es decir acumularías 17 horas de descanso tras el tercer servicio. La orden dice: ...." que se compensará las horas no descansadas lo antes posible, mediante su disfrute unido a los descansos diarios siguientes o, en todo caso, al siguiente descanso semanal. " ( nada dice si estas horas son de uno o dos servicios ) Hay algo que se me escapa para poder entender que no se pueda nombrar tripletes. Quisiera tenerlo más claro por la responsabilidad que me toca cuando hago el servicio , porque cuando alguien me pide un triplete, solo por lo que se dice, le digo que no puedo dárselo. Que alguien me saque de dudas
Existe en intranet. Criterios de aplicación de la orden General. No no se pueden. Cuando coja el ordenador lo paso. Que con el movil soy un poco torpe.
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